RESPONSABILIDAD PENAL PUEDE RECAER EN MUCHAS EMPRESAS
El empleador tiene el deber de velar por la seguridad y salud de sus empleados. De acuerdo a la Constitución y otras normas, y en caso de no hacerlo le recae una responsabilidad penal.
Existen sanciones penales para quienes infrinjan estas medidas. “Se viene dando una serie de medidas, sin embargo, hay un sector que está siendo renuente a la aplicación de todo este marco regulatorio excepcional. Cualquier incumplimiento a este marco legal está implicado en ilícitos de orden penal, con previsión el artículo 289 del Código Penal”.
QUE DICE ESTE APARTADO Y CUALES SON LAS SANCIONES PARA QUIENES NO CUMPLAN LAS MEDIDAS PREVENTIVAS.-
El citado artículo del Código Penal, titulado “Propagación de enfermedad peligrosa o contagiosa”, dice lo siguiente:
Artículo 289°: “El que, a sabiendas, propaga una enfermedad peligrosa o contagiosa para la salud de las personas, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de diez años. Si resultan lesiones graves o muerte y el agente pudo prever estos resultados, la pena será no menor de diez ni mayor de veinte años”.
Sin embargo, este no es el único artículo del Código Penal que habla de sanciones en caso se viole una disposición dada por el Ejecutivo para salvaguardar la salud pública. El Artículo 292° precisa la sanción para aquella persona que no siga al pie de la letra las normas establecidas para evitar el ingreso de una enfermedad o epidemia al país.
Artículo 292°: “El que viola las medidas impuestas por la ley o por la autoridad para la introducción al país o la propagación de una enfermedad o epidemia o de una epizootía o plaga, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis meses ni mayor de tres años y con noventa a ciento ochenta días-multa”.
Así mismo, se debe tener en cuenta que, en el supuesto caso, si una persona es detenida por salir de su domicilio sin tener justificación, se resiste a la autoridad o simplemente no quiere acatar el mandato, estaría incurriendo en el delito de desobediencia y resistencia a la autoridad.
Artículo escrito por el Dr. José Juan de Dios Cárdenas Zevallos, abogado penalista.
REALIZA TODO TIPO DE PROCESOS LEGALES EN GÁLVEZ MONTEAGUDO ABOGADOS
El Estudio Gálvez Monteagudo Abogados cuenta con más de 30 años de sólida experiencia en el ámbito de servicios legales en el Perú y a nivel internacional. Su experiencia legal con visión empresarial lo respalda, contando con la confianza y seguridad de sus clientes.
El principal compromiso de la firma de abogados es brindar asesoría legal integral, eficiente, e inmediata; en sintonía con los retos y desafíos actuales; y sus filas están conformadas por profesionales especializados en todas las ramas del Derecho, cuya misión es simplificar la vida de sus clientes y orientarlos en sus retos.
En Gálvez Monteagudo Abogados, más que asesores, somos aliados legales estratégicos de nuestros clientes, si necesitas asesoría inmediata comunícate al (511)372-4900, WhatsApp: (+51) 972141324 o correo electrónico info@galvezmonteagudo.pe